La historia del matrimonio: no siempre fue por amor
De los contratos egipcios a las bodas secretas, el caso Loving y el divorcio en España: quién podía elegir, qué derechos se conservaban y cómo salir.
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Un hombre y una mujer reciben un certificado de matrimonio. Podría ser el comienzo de su vida juntos, pero llevan más de veinte años unidos. Él se llama Benjamin; ella, Sarah. Estamos en Tennessee, Estados Unidos, el 19 de abril de 1866. Su relación había empezado en 1843, cuando ambos estaban esclavizados.
¿Por qué necesitaban un certificado después de tantos años? Porque durante la esclavitud su unión no tenía protección legal: sus propietarios podían separarlos o venderlos. Guarda ese certificado en la memoria, porque volveremos a él.
Decir «sí» nunca ha sido solamente una cuestión de amor. También importa quién puede elegir, quién reconoce la unión, qué pasa con los bienes y qué salida existe cuando la convivencia termina. Esta es una historia de personas que lucharon por casarse, otras por conservar derechos después de la boda y otras por recuperar la libertad de marcharse.
Antes de la primera boda
Quizá nunca encontremos la primera boda de la historia. Criar a un hijo exige cuidados y vivir en grupo obliga a cooperar, pero de esas necesidades no nace una única forma de familia. Tener hijos, compartir casa y estar casados pueden coincidir, aunque no son lo mismo: el matrimonio añade el reconocimiento de una comunidad.
¿Puede un esqueleto decirnos si alguien estuvo casado? En Gurgy, un cementerio neolítico de la actual Francia, el ADN antiguo permitió reconstruir dos grandes genealogías, una de siete generaciones, de personas que vivieron aproximadamente entre el 4850 y el 4500 a. C. Combinado con isótopos de estroncio de los dientes, indica que muchas mujeres procedían de otros lugares y que las genealogías continuaban sobre todo por la línea masculina. Pero ni el ADN ni los dientes revelan si aquellas mujeres eligieron marcharse ni qué ceremonia celebraron. El parentesco deja huellas que una promesa no siempre deja.
En Fujia, en la actual China, dos cementerios de hacia el 2750 a 2500 a. C. sugieren en cambio dos clanes vinculados por la línea materna. El parentesco podía organizarse de maneras muy distintas.
Dotes, contratos y la posibilidad de marcharse
Con la escritura, algunas respuestas empiezan a quedar registradas. Hacia el 1750 a. C., la estela asociada al rey Hammurabi, hoy en el Louvre, reunió casos jurídicos de Babilonia. El apartado que numeramos como 142 contempla a una mujer que no quiere seguir con su marido: si ella no ha cometido falta y él la desatiende, puede recuperar su dote y volver a la casa de su padre. Pero el apartado siguiente prevé un castigo violento si se le atribuye la falta. Salir era posible en algunos casos, pero el riesgo no estaba repartido igual.
En la Atenas clásica, una vasija ática del Metropolitan Museum muestra una procesión nupcial hacia la casa del novio. La novia cambiaba de casa y de posición. Según se suele explicar, el acuerdo quedaba en manos de las familias y no exigía el consentimiento de la joven tal como hoy entendemos una elección libre.
Y en Egipto, el Metropolitan Museum conserva un contrato matrimonial escrito en demótico entre el 380 y el 343 a. C. No sabemos cómo les fue a aquellos esposos. Sí sabemos que quisieron dejar su acuerdo por escrito. Una ruptura podía acabar con la convivencia, pero no con las obligaciones pendientes. Porque el día después de una separación hay que encontrar techo, comida y una forma de seguir.
Deseo, permiso y dinero
Hace casi dos mil años, las Leyes de Manu, en la India, distinguían ocho formas de unión. Una de ellas, la gandharva, era la unión voluntaria de una joven y su amante, impulsada por el deseo. El texto pertenece a una sociedad jerárquica y no nos dice cuántas parejas siguieron ese camino, pero ya daba nombre a una unión que empezaba porque dos personas querían estar juntas.
Elegir era solo el primer paso. En el siglo VI, las Instituciones de Justiniano exigían, si los contrayentes estaban bajo potestad familiar, el consentimiento de quien ejercía esa autoridad, y prohibían tener dos cónyuges a la vez: una monogamia jurídica, que nada dice de la fidelidad real. En el siglo VII, el Corán prescribió entregar a las mujeres un don matrimonial, el mahr. La destinataria es la esposa, que puede renunciar voluntariamente a una parte, así que no debe confundirse con un pago al padre por su hija. Seguir el recorrido del dinero ayuda a ver la diferencia.
Bodas secretas y un rey en apuros
¿Podían dos personas casarse en secreto, sin sacerdote ni testigos? Desde la síntesis del papa Alejandro III, en la segunda mitad del siglo XII, el derecho canónico occidental podía considerar válido ese matrimonio si ambos expresaban que ya eran marido y mujer. Eso daba un gran peso a la voluntad de los contrayentes, incluso contra sus familias, pero creaba un problema: si uno lo negaba después, el otro tenía que demostrarlo. Por eso la Iglesia insistió cada vez más en anunciar las bodas y celebrarlas en público; en 1215, el IV Concilio de Letrán ordenó publicar amonestaciones antes de cada boda, aunque el matrimonio celebrado sin ellas seguía siendo válido.
Las formalidades no acabaron con los conflictos, y uno llegó al trono de Inglaterra. En 1516, Catalina de Aragón dio a luz a María, la única hija que tuvo con Enrique VIII que llegaría a adulta. El rey quería un heredero varón y, años después, casarse con Ana Bolena, para lo que necesitaba que su matrimonio con Catalina se declarara inválido por su unión anterior con Arturo, hermano de Enrique. Catalina defendió su matrimonio y sostuvo que su unión con Arturo nunca se había consumado. Ojo a la diferencia: la nulidad cuestiona que el matrimonio fuera válido desde el principio; el divorcio disuelve uno que sí lo fue. En enero de 1533, Enrique se casó con Ana Bolena, y el 23 de mayo Thomas Cranmer declaró nulo su matrimonio con Catalina. La disputa formó parte de la ruptura con Roma, junto con otros conflictos.
Treinta años después, el Concilio de Trento abordó los matrimonios clandestinos con el decreto Tametsi: reconocía que habían sido válidos, rechazaba que la oposición de los padres bastara para anularlos y exigía desde entonces consentir ante el párroco y testigos.
Del afecto a los derechos
Ningún contrato nos dice qué sentían quienes vivían bajo sus reglas. En la China de la dinastía Qing, la historiadora Weijing Lu ha estudiado un ideal de cariño entre cónyuges que podía convivir con matrimonios concertados. Una cosa es cómo se elige a la pareja y otra qué relación se construye después.
La historiadora Stephanie Coontz sitúa hacia finales del siglo XVIII el momento en que, en parte de Occidente, el amor y la satisfacción mutua ganaron peso como razones legítimas para casarse. Las cartas de Abigail Adams lo muestran bien: en marzo de 1776 pidió a su marido, John, que las nuevas leyes recordaran a las mujeres y no dieran un poder ilimitado a los esposos. Escribía a su marido con confianza y, a la vez, reclamaba límites a su autoridad.
En 1836, Inglaterra y Gales permitieron matrimonios civiles en oficinas de registro. Y en 1840 se casó la reina Victoria. No inventó el vestido blanco de novia, pero la prensa y las estampas difundieron tanto su imagen que ayudaron a convertirlo en símbolo. Una tradición puede parecer antiquísima solo porque varias generaciones la han visto repetida.
El certificado de Benjamin y Sarah
Mientras ese modelo se extendía, otras parejas luchaban por algo más básico. El 19 de abril de 1866, tras la emancipación, Benjamin y Sarah recibieron su certificado de la Oficina de Libertos, que recogía también los nombres y edades de sus hijos. La familia no comenzó aquel día. Lo que llegó fue su reconocimiento ante la ley.
Pero entrar en el matrimonio no garantizaba igualdad dentro de casa. En Inglaterra y Gales, las leyes de propiedad de las mujeres casadas de 1870 y 1882 ampliaron su capacidad para conservar sus ganancias y bienes. No es lo mismo administrar algo porque otro te deja que hacerlo por derecho propio. En 1948, la Declaración Universal de Derechos Humanos exigió el consentimiento libre y pleno de los futuros esposos e igualdad de derechos durante el matrimonio y al disolverlo.
Aun así, Richard y Mildred Loving se casaron en 1958 en Washington D. C. y, al volver a Virginia, donde la ley prohibía su unión por la clasificación racial de ambos, fueron condenados en 1959 a un año de prisión, suspendida si se marchaban y no regresaban juntos en veinticinco años. En 1967, el Tribunal Supremo declaró inconstitucionales aquellas prohibiciones.
España: casarse, decidir y poder salir
Hasta 1975, en el derecho común español, una esposa podía necesitar la autorización de su marido para determinados actos y contratos: la licencia marital. La reforma del Código Civil de ese año la eliminó y estableció que el matrimonio no restringía la capacidad de obrar de ninguno de los cónyuges. Elegir marido y seguir siendo jurídicamente adulta no siempre habían ido de la mano.
En 1981, la España democrática volvió a regular el divorcio, aunque obligaba a encajar la ruptura en alguna causa prevista y normalmente a separarse antes. En 2005, una reforma permitió el matrimonio entre personas del mismo sexo, como había hecho Países Bajos en 2001, y otra hizo que ya no hiciera falta alegar una causa ni pasar por una separación para divorciarse, con un plazo general de tres meses desde la boda. La custodia o el reparto de bienes siguieron necesitando acuerdos o jueces, pero la puerta de salida cambió.
Elegir, permanecer o marcharse
En el siglo XXI, la pantalla ha sustituido a los amigos como intermediaria. Un estudio de Michael Rosenfeld, Reuben Thomas y Sonia Hausen, publicado en 2019, mostró que en Estados Unidos internet había desplazado a los amigos como principal forma de conocer pareja entre las parejas heterosexuales estudiadas. Encontrarse puede empezar con un mensaje; aprender a convivir sigue siendo otra historia.
Y poder conocer a más gente no garantiza poder elegir. UNICEF estima que alrededor de doce millones de niñas se casan cada año antes de cumplir dieciocho. Entre adultos, una unión concertada no equivale necesariamente a una forzada: la diferencia está en poder decir que no sin coacción.
Volvamos a Benjamin y Sarah. Su certificado no creó su familia: la identificó ante una autoridad que durante años no la había protegido. La historia del matrimonio no es una marcha sencilla de la imposición a la libertad. Un sí tiene valor cuando puede pronunciarse libremente, y también cuando la persona conserva la posibilidad de actuar, reclamar y, si llega el momento, marcharse. El recorrido completo te espera en el vídeo de Historias de la Historia.
Fuentes
- National Archives (EE. UU.), Reginald Washington, «Sealing the Sacred Bonds of Holy Matrimony: Freedmen's Bureau Marriage Records», Prologue, 2005
- Maïté Rivollat et al., «Extensive pedigrees reveal the social organization of a Neolithic community», Nature, 2023
- «Ancient DNA reveals a two-clanned matrilineal community in Neolithic China», Nature, 2025
- Museo del Louvre, ficha del Código de Hammurabi
- The Avalon Project (Yale Law School), *The Code of Hammurabi*, trad. L. W. King
- Metropolitan Museum of Art, lécito ático atribuido al Pintor de Amasis (y su pareja con procesión nupcial), ca. 550 a 530 a. C.
- Metropolitan Museum of Art, contrato matrimonial en demótico, 380 a 343 a. C.
- *The Laws of Manu*, capítulo III, trad. G. Bühler, Sacred Books of the East
- Encyclopaedia Britannica, «Manu-smriti»
- Justiniano, *Instituciones*, libro I, título X, «De las nupcias» (Project Gutenberg)
- Corán, sura 4 (An-Nisá), aleya 4 (Quran.com)
- Kent Archaeological Society, «Clandestine Marriage in the Diocese of Rochester during the Mid-fourteenth Century»
- Encyclopaedia Britannica, «Catherine of Aragon»
- Encyclopaedia Britannica, «Mary I»
- Concilio de Trento, sesión XXIV, decreto *Tametsi* (Papal Encyclicals Online)
- University of Chicago, Pozen Family Center for Human Rights, ficha de Weijing Lu, *Arranged Companions: Marriage and Intimacy in Qing China*
- National Catholic Reporter, «Marriage: What's love got to do with it? Historically, very little» (sobre Stephanie Coontz)
- Massachusetts Historical Society, carta de Abigail Adams a John Adams, 31 de marzo a 5 de abril de 1776
- Rebecca Probert, «Secular or Sacred? The Ambiguity of Civil Marriage in the Marriage Act 1836», The Journal of Legal History, 2022 (Universidad de Exeter)
- White House Historical Association, «Queen Victoria's Wedding Dress, 1840»
- UK Parliament, «Marriage: property and children»
- Naciones Unidas, *Declaración Universal de Derechos Humanos*, 1948, artículo 16
- Tribunal Supremo de EE. UU., *Loving v. Virginia*, 388 U.S. 1 (1967), Legal Information Institute (Cornell)
- BOE, Ley 14/1975, de 2 de mayo, sobre la situación jurídica de la mujer casada
- BOE, Ley 30/1981, de 7 de julio, de nulidad, separación y divorcio
- BOE, Ley 13/2005, de 1 de julio, sobre el derecho a contraer matrimonio
- BOE, Ley 15/2005, de 8 de julio, en materia de separación y divorcio
- Encyclopaedia Britannica, «Same-sex marriage»
- Michael J. Rosenfeld, Reuben J. Thomas y Sonia Hausen, «Disintermediating your friends», PNAS, 2019
- UNICEF, «Fast Facts: 10 facts illustrating why we must #EndChildMarriage»

